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EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000208-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
9 de enero de 2024
Expediente
000208-2022
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Revisión de sentencia improcedente. La causal de procedencia regulada en el inciso 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal está sujeta al cumplimiento de dos presupuestos, uno temporal y otro epistémico. El segundo presupuesto alude a que el elemento de juicio ofrecido sea de elevado peso epistemológico, que desvirtúe la prueba de cargo utilizada en la condena y construya un escenario donde la absolución sea la única posibilidad razonable.En este caso, la sentencia ofrecida como prueba nueva constituye, a lo sumo, un indicio de la hipótesis de que la policía sembró el arma del delito al accionante, pero no un elemento de juicio contundente, sólido e indubitable de la evidencia de ese hecho. En realidad, las posibilidades de que el arma llegara a manos del accionante son múltiples, pero la indagación de esta cuestión no es propia del proceso de revisión, que no habilita una sede de indagación ordinaria, al modo de una instrucción judicial. No se configura la causal de procedencia

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000208-2022, resolución del 9 de enero de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=8d47bec9-05db-442c-8c47-71b291829ddd.

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