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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000202-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
15 de agosto de 2025
Expediente
000202-2024
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El artículo 51 del Código Procesal Penal prevé un supuesto excepcional de simplificación procesalpara separar procesos acumulados (originaria o sucesivamente) o de imputaciones o delitos conexos. Esta excepcionalidad es viable siempre que existan elementos suficientes para conocer con independencia y cuando se requieran diligencias especiales o plazos más dilatados para su sustanciación, salvo que se considere que la unidad es necesaria para acreditar los hechos. De ello, se evidencia que la resoluciónimpugnada se sujeta al mérito de lo actuado y al derecho; no existe afectación alguna al debidoproceso ni al plazo razonable. Luego, el pedido de desacumulación procesal no puede prosperar, por lo que corresponde declarar infundado el recurso de apelación interpuesto yconfirmar la decisión impugnada.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000202-2024, resolución del 15 de agosto de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=8bee31cf-6cea-419a-931d-f39604c1c938.

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