EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000088-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 19 de abril de 2024
- Expediente
- 000088-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
Título. Cesación de prisión preventiva. Elementos. Sumilla. 1. El artículo 283, apartado 3, del CPP estatuye que la cesación de la medida de prisión preventiva procederá cuando nuevos elementos investigativos demuestren que no concurren los motivos que determinaron su imposición y resulta necesario sustituirla por la medida de comparecencia. Este precepto ratifica el elemento de provisionalidad de la medida y la aceptación de la regla rebus sic stantibus: si varían las circunstancias que determinaron su imposición, ésta debe ser reformada por otra medida en función al nivel de la variación. 2. El material investigatorio acopiado, hasta el momento, confirma el presupuesto de sospecha grave y fundada, así como los requisitos de gravedad del ilícito objeto del proceso penal y de presencia de peligro de fuga, en un caso que ocasionó profunda alarma social más allá de que fracasara, al igual que de peligro de obstaculización ante la desaparición de las pruebas del ilícito, respecto de lo qu
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000088-2024, resolución del 19 de abril de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=88a640cd-c118-4e6d-8513-037b813a03fa.