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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000544-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
25 de mayo de 2023
Expediente
000544-2022
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

De conformidad con las diversas modificaciones del mencionado artículo 297 del Código Penal, seadvierte que la ley más favorable es la contemplada en la Ley N.° 28002, que estatuye una pena de 15 a25 años de pena privativa de libertad. Ese marco punitivo es el que tuvieron en cuenta la Sala Superioral emitir la sentencia del 7 de febrero de 2012, y la Sala Suprema en el Recurso de Nulidad N.º 3504-2012/Lima. Sumado a ello, ambos órganos jurisdiccionales tomaron en cuenta para efectos de sugraduación, los artículos 45 y 46 del Código Penal, así como los principios de razonabilidad y proporcionalidad para determinar la pena concretafinal, los mismos que, de ningún modo, implican una reducción por debajo del mínimo legal como señalanlos recurrentes. Además, en ninguna parte de las mencionadas sentencias se analiza la concurrencia decausales de disminución de punibilidad que ameriten la imposición de una pena por debajo del mínimolegal.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000544-2022, resolución del 25 de mayo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=886888c1-5694-49ae-b5fe-6d9bbcb9aaaf.

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