EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000544-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 25 de mayo de 2023
- Expediente
- 000544-2022
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
De conformidad con las diversas modificaciones del mencionado artículo 297 del Código Penal, seadvierte que la ley más favorable es la contemplada en la Ley N.° 28002, que estatuye una pena de 15 a25 años de pena privativa de libertad. Ese marco punitivo es el que tuvieron en cuenta la Sala Superioral emitir la sentencia del 7 de febrero de 2012, y la Sala Suprema en el Recurso de Nulidad N.º 3504-2012/Lima. Sumado a ello, ambos órganos jurisdiccionales tomaron en cuenta para efectos de sugraduación, los artículos 45 y 46 del Código Penal, así como los principios de razonabilidad y proporcionalidad para determinar la pena concretafinal, los mismos que, de ningún modo, implican una reducción por debajo del mínimo legal como señalanlos recurrentes. Además, en ninguna parte de las mencionadas sentencias se analiza la concurrencia decausales de disminución de punibilidad que ameriten la imposición de una pena por debajo del mínimolegal.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000544-2022, resolución del 25 de mayo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=886888c1-5694-49ae-b5fe-6d9bbcb9aaaf.