EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002111-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 27 de abril de 2021
- Expediente
- 002111-2019
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La sentencia absolutoria no es fundada. La motivación tiene vicios de insuficiencia argumental y de irracionalidad respecto de la utilización de las inferencias probatorias. Además, no se exigió información acerca del número telefónico con el que se llamó al agraviado Guevada Dávila, no se obtuvo la declaración de los policías captores del encausado Ñiquén Ávila ni se insistió en el testimonio de los agraviados que no asistieron al plenario. Resulta de aplicación la concordancia de los artículos 299 y 301, in fine, del Codigo Procesal Penal. Los recursos acusatorios, centrado en el juicio histórico, deben estimarse y así se declara.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 002111-2019, resolución del 27 de abril de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=87d97bff-7f0d-44d2-b3c5-116924faf86e.