EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000421-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 24 de noviembre de 2025
- Expediente
- 000421-2025
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Toda medida cautelar, en particular las personales, son provisionales, temporales y variables, ergo, al Ministerio Público le corresponde su auditoría constante para establecer no solo el incumplimiento de las reglas básicas de sujeción al proceso (comparecencia sin restricciones), sino el incremento del peligrosismo sobreviniente a efectos de determinar la más adecuada, dentro del ámbito autorizado de persecución a los encausados que poseen las condiciones de aforados constitucionales.La Fiscalía no ha sustentado que la investigada tenga un comportamiento evasivo o de no acatamiento a las diligencias ordenadas en el presente proceso. Es más, el peligro de fuga, con propósito de sustraerse de la acción de la justicia, no se acredita con suficiencia. El argumento que expone el representante del Ministerio Público incide en lo conjeturable; lo que, sumado a que no se ha acr
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000421-2025, resolución del 24 de noviembre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=84c9301b-1360-4cfd-8944-0734438da8c5.