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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000022-2025

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
28 de octubre de 2025
Expediente
000022-2025
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El artículo 131 del Código Penal señala que el comportamiento típico en el delito de calumnia consiste en atribuir falsamente a otro un delito. Por su parte, el artículo 132 del código citado indica que el comportamiento típico en el delito dedifamación consiste en atribuir un hecho,cualidad o conducta ante varias personas—reunidas o separadas—, difundiendo lanoticia, que puedan perjudicar el honor y la buena reputación. En este último, lasituación se agrava si se refiere al hechoprevisto en el artículo 131 y si el delito secomete por un medio de comunicaciónsocial u otro (segundo y tercer párrafo delartículo 132). En el caso, de las conductasatribuidas a los querellados solo seconfiguraría el delito de calumnia atribuidoa la querellada María Jessica Córdova. Lobatón; sin embargo, este ha prescrito. En consecuencia, corresponde confirmar la resolución materia de impugnación.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000022-2025, resolución del 28 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=82780ba1-40a2-4efe-ba82-2182302b3ed6.

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