EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000036-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 6 de agosto de 2021
- Expediente
- 000036-2021
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Revisión de sentencia improcedente. Sumilla. En el caso, se advierte que el accionante postula la configuración de la causal prevista en el numeral 3 del artículo 439 del Código Procesal Penal. En la evaluación de los hechos o medios de prueba no conocidos durante el proceso (sea por no existir en ese momento o por ser desconocidos para el Tribunal) rige el principio de trascendencia, de forma que serán admitidos únicamente aquellos medios de prueba que, dada su elevada fuerza acreditativa, posean virtualidad probatoria suficiente para revertir un fallo judicial condenatorio. En el caso, la prueba aportada en sede suprema por el accionante carece de potencialidad para rescindir el mérito de las sentencias condenatorias que permitieron establecer su responsabilidad penal. Por lo que al no haberse dado cumplimiento a lo previsto en el numeral 3 del artículo 439 del Código Procesal Penal, la demanda evaluada será declarada improcedente.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Revisión de Sentencia N.º 000036-2021, resolución del 6 de agosto de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=8055e86c-dd99-46f0-8d19-e919239c86ce.