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EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA

Extradición Activa N.º 000002-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
10 de febrero de 2021
Expediente
000002-2021
Tipo de recurso
Extradición Activa
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La extradición simplificada se genera cuando la persona extraditable manifiesta su consentimiento a ser extraditado de manera libre y espontánea, conforme lo regula el artículo 523-A del Código Procesal Penal; decisión que se genera siempre y cuando el operador jurídico: a)Haya verificado los supuestos de legalidad que deben rodear a estos mecanismos de cooperación de asistencia jurídica internacional. b) Se hayan explicado al sujeto extraditable los alcances del derecho que le asiste de acogerse al procedimiento de extradición simplificada y c) Confirme la asistencia de la defensa técnica que valida la consecución del trámite. Criterios que son importantes observar de manera estricta, al no ser necesario en este casorecibir la demanda de extradición y las diligencias formales que en otros supuestos se requieren para su acogimiento. Deesta manera, constituye una obligación del Estado validar estos aspectos para que el derecho ejercido por el extraditable, mediante su consentimiento

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Extradición Activa N.º 000002-2021, resolución del 10 de febrero de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7faabf74-5892-46de-9436-e8a993074828.

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