EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000933-2020
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 27 de junio de 2022
- Expediente
- 000933-2020
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. El artículo 374, apartado 1, del CPP estipula la posibilidad que el órgano jurisdiccional, en el plenario, plantee la tesis acerca de la tipificación del hecho objeto del debate. La oportunidad para su ejercicio es hasta & su actuación se inició el período final con los alegatos de la". En el sub judice el Juzgado Penal planteó la tesis tras la incorporación de prueba de oficio (una prueba pericial y dos pruebas documentales); y, luego de su actuación se inició el período final con los alegatos de las partes. 2. La prueba final es un paso más, si bien excepcional, del plenario, que integra el período probatorio. Luego, el planteamiento de la tesis judicial no vulneró el citado precepto procesal. La actividad probatoria no había concluido y aun no se había abierto el período final del plenario.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000933-2020, resolución del 27 de junio de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7ddd8096-35d7-41a4-9a2f-2e699d2230f4.