EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000252-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 1 de julio de 2025
- Expediente
- 000252-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
La facultad de acumular se encuentraregulada en el Capítulo IV del Título IV de la. Sección III del Libro Primero del Código. Procesal Penal, que contiene siete artículos (46a 52) en que se regula lo concerniente a laacumulación de procesos independientes eincluso la desacumulación de procesosacumulados. Así, revisada la Disposición n.° 39,del nueve de abril de dos mil veinticuatro, seaprecia que el Ministerio Público ha sustentadosu acumulación en función de los artículos 46 y47, inciso 2, del aludido código adjetivo. Estoes, lo hizo en función de lo que la normaprocesal exige. Si bien se indica que estovulnera su derecho de defensa debido a quela investigación seguida en contra de José Luis. Conga Bautista estaba en etapa preliminar y laque se le seguía estaba en etapapreparatoria, lo que implica que no tuvo laoportunidad de participar en las diligenciasque se practicaron en la investigación que seacumuló, ello no vulnera su derecho dedefensa, en tanto el plazo de la investigaciónpreparatoria que se le seguía aún no habíaculminado; incluso este podía haber sidoprorrogado de conformidad con la parte infine del numeral 2 del artículo 342 delmencionado Código Procesal Penal, tiempoen el que podía haber solicitado la actuacióno ampliación de alguna diligencia, que deacuerdo con su tesis de defensa le eranecesario. En el caso, no se discute que se lehaya denegado dicha posibilidad. Esto es, noha indicado qué diligencia se le ha impedidoactuar o que actos de investigación no sepudieron realizar. Por lo tanto, no se verifica elquebrantamiento de la garantía constitucionaldel derecho de defensa. Si esto es así, elrecurso de apelación debe ser desestimado, yasí se declara.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000252-2024, resolución del 1 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7d454a05-0669-4b39-bce6-7aa0bb5d5201.