EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000351-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 17 de julio de 2020
- Expediente
- 000351-2019
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Improcedencia de la acción de revisióna. El numeral 6 del artículo 439 del Código Procesal Penal exige que la norma que sirvió de sustento para dictar sentencia en el proceso sea declarada inconstitucional o inaplicable en su caso concreto por los máximos órganos de justicia del Estado, esto es, el Tribunal Constitucional o la Corte Suprema de Justicia de la República. Esta situación influiría en el juicio de responsabilidad penal del justiciable y, por tanto, es pasible de revisión de sentencia.b. En el caso concreto no se negó la reducción de la pena al sentenciado bajo el argumento de que el delito imputado no era pasible de rebaja por la prohibición establecida en el segundo párrafo del artículo 22 del Código Penal. La Sala Superior y la Sala Suprema no hicieron mención de dicha exclusión. Por tanto, resulta evidente que no se cumple con lo que exige la causal invocada.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000351-2019, resolución del 17 de julio de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7bf4a884-a365-4425-8e7d-ea9e1b2cb2e2.