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EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000351-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
17 de julio de 2020
Expediente
000351-2019
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Improcedencia de la acción de revisióna. El numeral 6 del artículo 439 del Código Procesal Penal exige que la norma que sirvió de sustento para dictar sentencia en el proceso sea declarada inconstitucional o inaplicable en su caso concreto por los máximos órganos de justicia del Estado, esto es, el Tribunal Constitucional o la Corte Suprema de Justicia de la República. Esta situación influiría en el juicio de responsabilidad penal del justiciable y, por tanto, es pasible de revisión de sentencia.b. En el caso concreto no se negó la reducción de la pena al sentenciado bajo el argumento de que el delito imputado no era pasible de rebaja por la prohibición establecida en el segundo párrafo del artículo 22 del Código Penal. La Sala Superior y la Sala Suprema no hicieron mención de dicha exclusión. Por tanto, resulta evidente que no se cumple con lo que exige la causal invocada.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000351-2019, resolución del 17 de julio de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7bf4a884-a365-4425-8e7d-ea9e1b2cb2e2.

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