EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000840-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 16 de mayo de 2024
- Expediente
- 000840-2023
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
HABER NULIDAD EN PENA. APLICACIÓN DEL ACUERDO PLENARIO 1-2023/CIJ-112 En el proceso de determinación de la pena se consideró el sistema operativo de tercios, el cual no es compatible cuando concurren circunstancias agravantes específicas, conforme la reiterada jurisprudencia de las Salas Penales Supremas, y cuyo criterio ha sido ratificado de manera vinculante en el Acuerdo Plenario 1-2023/CIJ-112.Conforme con el citado acuerdo plenario el marco punitivo es de seis a diez años, puesto que se trata de un caso de tentativa de robo con agravantes. Luego, a partir del mínimo establecido corresponde un incremento cuantitativo por cada circunstancia agravante específica: Durante la noche y pluralidad de agentes, cuyo valor es de seis meses por cada una, lo que determina una pena concreta final de siete años de pena privativa de la libertad.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000840-2023, resolución del 16 de mayo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=79c84bb4-f506-4f99-994b-a0a43f5d9533.