EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000041-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 13 de diciembre de 2023
- Expediente
- 000041-2023
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. En los delitos sexuales no se puede exigir fechas precisas, momentos delimitados y lugares extremadamente específicos, pues se trata de hechos traumáticos sufridos por niños o niñas vulnerables, más aún cuando se producen en un entorno familiar y la voluntad de comunicación de los mismos a los padres se produce, como es común, luego de un tiempo de sucedida la agresión sexual. Así las cosas, solo se requiere cierta concreción respecto del momento en que acaeció el ataque sexual y relativa precisión respecto a los actos ocurridos y al contexto en que se produjeron. 2. La declaración de la víctima no es prueba indiciaria sino prueba directa y es hábil por sí sola para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia, además no se puede poner en tela de juicio la credibilidad del testimonio de la víctima por razón de ser víctima. 3. En cuanto a las corroboraciones periféricas de carácter objetivo obrantes en el proceso, a los datos añadidos a la versión de la víctima, es de acotar
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000041-2023, resolución del 13 de diciembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=79370197-06bc-4276-b9be-034f0d9d4353.