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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 002289-2025

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
17 de octubre de 2025
Expediente
002289-2025
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Se cuestiona la ausencia de renovación total del juicio de apelación por otros jueces superiores. Empero, no se trata de una anulación dispuesta por la jurisdicción penal ordinaria, sino de una anulación ordenada por la jurisdicción constitucional. Luego, no es posible que, analógicamente, se sigan las mismas reglas del Código Procesal Penal. Siguiendo específicamente las bases de las sentencias constitucionales se renovaron los actos causantes de la estimación de la demanda de amparo y, en su mérito, se volvió a fallar en segunda instancia, sin que ésta ordenase la intervención de otros jueces. En cuanto al objeto civil, es obvio que la absolución se produjo porque no se probó que se lavaron bienes maculados. Por tanto, el elemento primario de la responsabilidad civil (conducta antijurídica) no se presenta, por lo que tampoco se puede sostener que se produjo un daño al Estado. No tiene racionalidad ordenar una retroacción de actuaciones si, ante la decisión penal y las pruebas actuada

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002289-2025, resolución del 17 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=76d7820e-7530-4fad-9d23-36e13227d5b4.

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