EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002289-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 17 de octubre de 2025
- Expediente
- 002289-2025
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Se cuestiona la ausencia de renovación total del juicio de apelación por otros jueces superiores. Empero, no se trata de una anulación dispuesta por la jurisdicción penal ordinaria, sino de una anulación ordenada por la jurisdicción constitucional. Luego, no es posible que, analógicamente, se sigan las mismas reglas del Código Procesal Penal. Siguiendo específicamente las bases de las sentencias constitucionales se renovaron los actos causantes de la estimación de la demanda de amparo y, en su mérito, se volvió a fallar en segunda instancia, sin que ésta ordenase la intervención de otros jueces. En cuanto al objeto civil, es obvio que la absolución se produjo porque no se probó que se lavaron bienes maculados. Por tanto, el elemento primario de la responsabilidad civil (conducta antijurídica) no se presenta, por lo que tampoco se puede sostener que se produjo un daño al Estado. No tiene racionalidad ordenar una retroacción de actuaciones si, ante la decisión penal y las pruebas actuada
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002289-2025, resolución del 17 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=76d7820e-7530-4fad-9d23-36e13227d5b4.