EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000339-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 4 de diciembre de 2020
- Expediente
- 000339-2019
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
En primer lugar, se determinó que la Sala Superior celebró las audiencias de apelación más allá de los ocho días hábiles previstos como plazo en la ley. En segundo lugar, que no se cumplió con el acto de lectura de piezas y se invocó una norma impertinente. El primer motivo, la continuidad de la audiencia, es un vicio de procedimiento, lo que determina la nulidad de la sentencia de vista.El tercer tema, referido a que no se puede agravar la situación jurídica en atención al artículo 426, numeral 2, del código adjetivo, esto es, la prohibición de la reforma peyorativa de la pena, producto de nulidad anterior, por tratarse de un defecto estructural propio de la acción del principio de congruencia, en estricto, no determinaría la anulación de la sentencia de vista en Sede Suprema; sin embargo, se determinó la existencia de otros dos vicios sustanciales y corresponde anular la sentencia de vista para la celebración de una nueva audiencia en que deberá emitirse la sentencia arreglada a ley.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000339-2019, resolución del 4 de diciembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=75b7128b-fc9b-4724-96f1-e87da7167a5a.