EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000123-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 5 de marzo de 2024
- Expediente
- 000123-2023
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
El Tribunal Superior puede revocar la sentencia de primera instancia y condenaral absuelto por el Juzgado Penal. La regla es que el Iudex ad quem tiene el mismo poder que el Iudex a quo, con el único límite del respeto del principio de inmediación respecto de la prueba personal (artículo 425, apartado 2, del Código Procesal Penal). Por tanto, muy bien puede –y debe– (i) analizar la corrección de la interpretación de la prueba personal (en especial, las testimoniales) –si lo que se dice de la información proporcionada por el testigoes lo que en efecto aquel expresó, tanto en su texto como en su contexto–, (ii) así como verificar si la testimonial es coherente, lógica y sin lagunas (verosimilitud interna); y, desdeel material probatorio, realizar el contraste con las demás pruebas actuadas (verosimilitud externa). Por lo demás, las pruebas materiales (incluida la prueba documental videográfica) y documentadas, son de libre apreciación, sin límite alguno desde que la inmediación no juega papel alguno en su formación.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000123-2023, resolución del 5 de marzo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7584d1b3-69de-40d5-9d35-44a4c77243e3.