EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001880-2015
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 6 de marzo de 2017
- Expediente
- 001880-2015
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
El monto de la reparación civil se fija de acuerdo al daño global irrogado, por lo que, al tratarse de varios partícipes en un hecho ilícito, la reparación civil se fija de forma solidaria, de conformidad con la regla prevista por el artículo 95 del Código Penal. Luego, si existen sentencias sucesivas, que se pronuncian por reos ausentes o reservados, el monto indemnizatorio prefijado no puede variar. Solo queda comprendérseles en el pago ya establecido.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001880-2015, resolución del 6 de marzo de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=752d85c1-4951-4074-ad08-52340fa65e4c.