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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001885-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
10 de noviembre de 2020
Expediente
001885-2019
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La separación de un magistrado del conocimiento de una causa de su competencia (por recusación o inhibición), debe estar sustentada en las causales taxativamente establecidas en la norma procesal. Y en ese sentido, la jurisprudencia a nivel nacional y convencional es pacífica y reiterada al señalar que protege la imparcialidad del juez, en su doble dimensión: subjetiva y objetiva, siempre y cuando las causales invocadas estén señaladas en la norma jurídica y se ofrezcan los medios necesarios para acreditar la causal invocada. El juez no puede ser apartado de un asunto bajo su competencia por razones que no tienen justificación legal. Por ello, la línea interpretativa en materia de garantía del juez natural, vinculada a la garantía de la imparcialidad, es de carácter restrictiva y no amplificada a razones ajenas a las descritas en el citado texto legal. Y en esa dirección, dicha garantía solo puede menoscabarse cuando existe un motivo razonable que ponga en duda la imparcialidad del juez natural, mediante las instituciones de recusación planteadas por una de las partes o la inhibición que formula el mismo juez que es competente en el caso.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Casación N.º 001885-2019, resolución del 10 de noviembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=74e8af70-b322-4eef-a1e1-f02e7907128e.

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