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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 002502-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
2 de febrero de 2026
Expediente
002502-2023
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Inadmisible el recurso de casaciónI. Se observa, con relación al recurso de casación promovido, que, si bien puntualizó las causales reguladas en el artículo 429, numerales 1 y 4, del CPP, dichos asuntos en modo alguno merecen amparo, pues los argumentos expuestos solo pretenden dar diferente valor probatorio a la prueba analizada por los órganos jurisdiccionales, lo que no es de recibo, ya que ello no corresponde a la naturaleza de la casación, si se considera que el procesado pretende cuestionar la sindicación efectuada por la menor, sin que se haya admitido en segunda instancia prueba personal, de modo que incluso el superior se encontraba impedido de dar diferente valor probatorio a tal declaración (artículo 425, inciso 2, del CPP).II. Debido a que no fluye contenido casacional, se aplica lo regulado en el artículo 428, numeral 2, literal a), del CPP, y el recurso de casación planteado se declarará inadmisible. Esto conlleva a que se rescinda el auto concesorio respectivo.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002502-2023, resolución del 2 de febrero de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=74837fe7-0923-4a3f-a48f-2e9f34207dd5.

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