EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000313-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 18 de abril de 2024
- Expediente
- 000313-2022
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
La demanda incoada solo ha sido suscrita por el abogado; no obstante, no se acompaña un documento que sustente que el encausado esté imposibilitado de promoverla. Asimismo, ante tal supuesto, de conformidad con el artículo 440, inciso 2, del Código Procesal Penal, se estipula que quienes pueden promover esta acción son su cónyuge, sus ascendientes, sus descendientes o sus hermanos, en ese orden, lo cual no sucede en el presente caso, por lo que la demanda debe ser desestimada.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000313-2022, resolución del 18 de abril de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=740ee3e1-f773-4a04-a898-494ecbf551b8.