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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000599-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
31 de marzo de 2025
Expediente
000599-2022
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1.El juicio de congruencia, al que se refiere el artículo 397.1 del CPP, se basa en la acusación oral o definitiva. Es verdad que, en la acusación escrita, el hecho delictivo se fechó el diez de diciembre de dos mil diecisiete. Sin embargo, la actividad probatoria determinó que se trataba de un error. En el alegato final, el fiscal afirmó que la agraviada no precisó la fecha en la que fue víctima del ultraje sexual por parte del encausado, pero que el hecho ocurrió en el año dos mil diecisiete, cuando la menor contaba con doce años de edad. La actuación fiscal encuentra pleno respaldo en lo estipulado por el artículo 387.3 del CPP. Se trató de la corrección de una inexactitud que no alteró esencialmente la imputación y, por lo tanto, no requería una acusación complementaria.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000599-2022, resolución del 31 de marzo de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=727b0872-0135-4853-9892-7ad08c0ea790.

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