EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000588-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 1 de setiembre de 2021
- Expediente
- 000588-2019
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
TESTIGOS PROTEGIDOS El precepto procesal previsto en el artículo 247 del Código Procesal Penal -sobre el cual rige el principio tempus regit actum- establece quiénes puede ser objeto de protección: testigos, peritos, agraviados, agentes especiales o colaboradores que intervengan en los procesos penales. Subyace pues, una pluralidad de personas -con disímiles situaciones procesales- pasibles de ser objeto de medidas de protección. Específicamente, el testigo protegido es aquél que presenció la comisión de un evento delictivo, indistintamente de su grado de participación al evento delictivo (testigo impropio) o su ajenidad al mismo. Tiene la obligación de declarar en el acto oral y es sometido al interrogatorio de las partes y, de ser el caso, del propio Tribunal de juzgamiento. Lo único que se protege es su identidad (pudiendo utilizar un número o clave), en aras de salvaguardar su integridad. En todo caso, el fiscal o el juez pueden adoptar las medidas de protección policial, cam
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000588-2019, resolución del 1 de setiembre de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=714231b7-af4b-4255-95bd-5a9376b9b260.