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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001725-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
21 de setiembre de 2020
Expediente
001725-2018
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. La garantía de presunción de inocencia, desde su manifestación referida a la determinación del juicio de hecho (quaestio facti), requiere, en cuanto a las reglas de prueba, que el material probatorio esté conformado por verdadera prueba (plenarial o sumarial en los casos de prueba preconstituida y prueba anticipada), por prueba de cargo o inculpatoria, por prueba fiable, plural y coincidente entre sí, por prueba lícita y por prueba suficiente, apreciaba debidamente conforme a la sana crítica. En los casos de sentencias de vista, que ratificó la condena de primera instancia, al haberse cumplido el doble grado de jurisdicción, solo es de analizar en casación la presencia de verdadera prueba y de prueba lícita, así como que su valoración sea compatible con las exigencias de racionalidad y, desde la regla de juicio, que cumpla con el estándar de verosimilitud objetiva o convencimiento más allá de toda duda razonable. 2. Por la garantía de motivación solo examina si se incurrieron en def

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001725-2018, resolución del 21 de setiembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=70d0bb3f-c9a5-42f4-a42b-e78844e2e6c3.

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