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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001147-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
13 de mayo de 2019
Expediente
001147-2018
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El recurso de casación procede únicamente por las causales contempladas en la Ley, entre ellas, las previstas en los incisos uno y dos, del artículo cuatrocientos veintisiete, del Código Procesal Penal, que prevén la casación denominada ordinaria. En el presente caso, el tipo penal por el que se acusó al procesado no contempla en su extremo mínimo una pena privativa de libertad mayor a seis años; de modo que no se configura la causal de procedencia invocada por el recurrente.2. El recurso de casación, denominado excepcional, previsto en inciso cuatro, del artículo cuatrocientos veintisiete, del Código Procesal Penal, procede cuando la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia considera necesario el caso para desarrollar doctrina jurisprudencial; para su admisión resulta necesario que el recurrente proponga los temas cuyo desarrollo solicita y fundamente de forma clara y concreta los mismos y su interés casacional. En el caso de autos no se indicaron los temas sobre los cuales el

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Casación N.º 001147-2018, resolución del 13 de mayo de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7030fa43-6a2c-4784-8991-bbe73188ba10.

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