EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001419-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 28 de agosto de 2025
- Expediente
- 001419-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
I.DECLARARON BIEN CONCEDIDO, por las causales 1 y 4 del artículo 429 del CPP, el recurso de casación interpuesto por Jorge Eduardo Yarleque Puricaza (foja 69) contra la sentencia de vista, del nueve de septiembre de dos mil veintidós (foja 61), emitida por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura, que confirmó por unanimidad la sentencia del quince de diciembre de dos mil veintiuno en el extremo que declara su responsabilidad penal y, por mayoría, revoca el extremo de la pena privativa de libertad de nueve años impuesta en la sentencia de primera instancia, reformándola imponen cinco años de pena privativa de libertad; con lo demás que contiene.II.DECLARARON TÉNGASE PRESENTE el Escrito n.º 16563-2025, de conformidad con el considerando octavo de la presente resolución. III.ORDENARON que la causa permanezca en Secretaría de la Sala para que los interesados puedan examinarla y presentar, si lo estiman conveniente, alegatos ampliatorios en el p
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001419-2023, resolución del 28 de agosto de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=6a6ead54-38b4-4c71-b34f-4588060cf962.