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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000528-2025

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
12 de setiembre de 2025
Expediente
000528-2025
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La alegación del sentenciado resulta lógica y razonable, por cuanto la imposibilidad de cumplir con el pago total de la reparación civil constituye, por razones notorias y de público conocimiento, un impedimento razonable que influyó en que no pudiera concluir con dicho pago, por lo que no corresponde -excepcionalmente- la exigencia de la demostración de su imposibilidad que, a todas luces, es manifiesta. Por lo tanto, resulta idónea y pertinente, para el presente caso, la aplicación del artículo 58 del Código Penal, al haber manifestado el sentenciado, con el pago fraccionado hasta por el monto de S/ 29 800.00, la voluntad de pago a fin de resarcir el daño ocasionado incluso donde el abono de S/ 7000 fue posterior a la fecha del vencimiento de periodo de prueba.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000528-2025, resolución del 12 de setiembre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=68fb446e-1c17-4ca9-a783-67555dfc92ed.

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