EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000078-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 20 de agosto de 2025
- Expediente
- 000078-2025
- Tipo de recurso
- Extradición Activa
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Procedente la extradición pasiva e improcedente las solicitudes de prórroga del plazo de detención y el de libertad a. Analizado el cargo imputado contra el requerido Hayretdin Kutukcu, este Tribunal Supremo concluye que resulta procedente la extradición pasiva ante la autoridad judicial de la República de Uzbekistán para ser procesado, al haberse cumplido con las exigencias materiales y formales que contiene el procedimiento interno previsto en el Código Procesal Penal vigente. El Estado peruano aprueba la extradición pasiva, bajo el entendido de que el país requirente garantizará el debido proceso del requerido conforme a su legislación y con el respeto de sus derechos fundamentales.b. Mediante Resolución n.º 2 del uno de febrero de dos mil veinticinco, el Juzgado de Investigación Preparatoria dictó detención preventiva con fines de extradición en contra del ciudadano turco Hayretdin Kutukcu, por el plazo de nueve meses, cuyo vencimiento se dará el veintinueve de octubre de dos
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Extradición Activa N.º 000078-2025, resolución del 20 de agosto de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=67782b2e-2565-4a16-a799-ba7615f30725.