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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001111-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
26 de marzo de 2026
Expediente
001111-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La alegada vulneración del derecho de defensa carece de sustento fáctico y jurídico, toda vez que se verifica que el encausado contó con defensa técnica efectiva, la cual ejerció el informe oral en la audiencia de casación, garantizando el contradictorio y el ejercicio de los medios impugnatorios. Asimismo, los cuestionamientos relativos a la supuesta omisión de pronunciamiento y a la tipicidad de la conducta fueron debidamente absueltos en la sentencia casatoria, no evidenciándose falta de motivación ni afectación al principio acusatorio. En tal sentido, para la declaración de nulidad no basta la invocación genérica de una vulneración, sino que, conforme al artículo 150 del Código Procesal Penal, debe acreditarse de manera concreta el perjuicio ocasionado, lo cual no ocurre en el presente caso. Por consiguiente, al no advertirse vicios insubsanables ni afectación real de derechos fundamentales, corresponde desestimar el pedido de nulidad formulado.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001111-2024, resolución del 26 de marzo de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=670492a0-9797-4e7f-8a04-3405f805c076.

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