EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000340-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 28 de octubre de 2020
- Expediente
- 000340-2019
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
La posibilidad de una discusión acerca de la responsabilidad civil pese a la absolución está prevista en el artículo 12, apartado 3, del Código Procesal Penal. El legislador reconoció los diferentes criterios de imputación existentes entre responsabilidad penal y responsabilidad civil –aun cuando acción penal y civil se ejerciten conjuntamente, cada acción conserva su naturaleza–, e incluso los diferentes estándares de prueba en sede penal y en sede civil –más exigente en la primera que en la segunda–. La responsabilidad civil ha de reconducirse a sus principios y normativa específica; además, opera con ciertos criterios de objetivización como sería los de la culpa in eligendo e in vigilando, en el caso de bienes riesgosos o peligrosos o en el ejercicio de una actividad riesgosa o peligrosa –responsabilidad por el riesgo– (artículos 1970, 1975 a 1981 del Código Civil). 2. Se trata de determinar si los hechos objeto de la pretensión civil están probados y si, efectivamente, se está ante un hecho antijurídico, causado por dolo o culpa, que ocasionó un daño –menoscabo que sufre un sujeto dentro de su esfera jurídica patrimonial o extrapatrimonial– que debe ser reparado o indemnizado, conforme al artículo 1969 del Código Civil. 3. La responsabilidad civil se funda en cinco requisitos: A. La existencia real de daños y perjuicios. B. La cuantía de los mismos, debidamente propuesta y acreditada. C. La fundamentación de los hechos en función a dolo o culpa, con independencia de su tipificación penal –salvo que se trate de los supuestos de responsabilidad por el riesgo–. D. La relación de causa a efecto entre los hechos y el daño o perjuicio ocasionado. E. La persona imputable, que puede ser el autor directo y el autor indirecto. 4. En la sentencia de vista no todos los hechos han sido apreciados; solo se evaluaron desde la perspectiva del dolo penal defraudatorio (existencia de concierto punible); no del dolo civil o de la negligencia.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000340-2019, resolución del 28 de octubre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=613695f2-f21f-4176-95b7-e40fdc40b5bd.