EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002212-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 3 de octubre de 2022
- Expediente
- 002212-2021
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. No corresponde a la casación realizar una nueva valoración del elemento de prueba, del conjunto del material probatorio disponible. A. Solo le concierne establecer, atento a la pretensión impugnatoria, si se utilizó prueba ilícita –como una de las reglas de prueba que integra la garantía depresunción de inocencia– y, de otro lado, si la valoración de los elementos de prueba cumplió con las reglasde la sana crítica, explicitando la razón de la condena. B. Desde la motivación, como garantía específica,sólo cabe examinar, según los agravios aceptados, si presenta algún defecto constitucionalmente relevante,tales como motivación omitida, motivación incompleta, motivación insuficiente, motivación contradictoria,motivación vaga o genérica, motivación hipotética, motivación falseada o fabulada, motivación irracional.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002212-2021, resolución del 3 de octubre de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=610f36e4-4618-46eb-8c93-105c9a853274.