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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000562-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
8 de agosto de 2022
Expediente
000562-2021
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

En su esencia, se trata de la cuestión de hecho. En el sub judice, sin embargo, no se vulneró ninguna regla integrante del derecho probatorio penal. El recurrente intervino coordinó la provisión de la droga decomisada en reuniones con sus coimputados. No solo consta el mérito de los OVISES materia del Informe 501-08-2017-DIRANDRO-PNP/DIVIAD-GEIN-ORION-EA y la declaración de un efectivo policial de inteligencia -a lo que se agrega las declaraciones de otros policías-, que dan cuenta de las reuniones de coordinación en que participó el encausado recurrente (a) &" y sus coimputados. El Tribunal Superior precisó en conjunto de datos que vinculan al encausado con la droga decomisada; existe sindicación directa y observación y seguimiento policial preciso. No es un problema de prueba indiciaria, sino de prueba directa y de su corroboración. Lo relevante es que se ha dado cuenta del material probatorio disponible, que se analizó razonablemente, así como la motivación es completa, clara,

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000562-2021, resolución del 8 de agosto de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=5995ccfa-d982-4e3e-a9d8-579efdccdf00.

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