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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000441-2017

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
24 de mayo de 2018
Expediente
000441-2017
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El Acuerdo Plenario número dos-dos mil dieciséis/CJ-ciento dieciséis no prohíbe o excluye toda aplicación del proceso inmediato reformado a delitos especialmente graves. La drasticidad punitiva es una condición necesaria aunque no suficiente. Se debe verificar también que el caso concreto, dada su singular comisión, exija un determinado esclarecimiento acentuado; asimismo, en tales casos, ha de evaluarse con singular exhaustividad la evidencia delictiva. Superado dicho examen, si se cae en cuenta de que el esclarecimiento adicional requerido es mínimo es de optar por el proceso inmediato. En un delito especialmente grave tentado habrá mayor viabilidad de aplicación del proceso inmediato, toda vez que -sin perjuicio de la respectiva aminoración prudencial de pena y de la siempre necesaria suficiencia probatoria- no se exige la acreditación de la totalidad de los elementos del tipo penal que se trate, basta con probar que la decidida ejecución delictiva inició; lo cual resulta compatible

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000441-2017, resolución del 24 de mayo de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=5904cb1e-e239-4d2e-9c3f-6602e8683721.

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