EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001253-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 25 de junio de 2025
- Expediente
- 001253-2024
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. El artículo 80 del Código Penal regula los plazos ordinarios de prescripción de la acción penal.Según dicha disposición legal: “La acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si es privativade libertad”. Por su parte, en el último párrafo del artículo 83 del mismo texto normativo se consigna también el plazo extraordinario de prescripción ysobre el cual la ley precisa lo siguiente: “La acción penal prescribe, en todo caso, cuando el tiempo transcurrido sobrepasa en una mitad elplazo ordinario de prescripción”.2. En el presente caso se ha verificado que desde la fecha en la cual cesó el delito de efectos permanentes ha transcurrido el plazo extraordinario de prescripción. En consecuencia,se ha extinguido la acción penal incoada contra el procesado.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001253-2024, resolución del 25 de junio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=58d25120-67cc-42c0-ba1c-5dc45adbcdbb.