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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001361-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
7 de mayo de 2020
Expediente
001361-2019
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Casación bien concedida y voluntad impugnativa. El auto de vista impugnado presenta un defecto de logicidad en la motivación. A lo que se suma que solo se invocó la ponderación, pero no se desarrollaron los elementos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto. Lo expuesto, sin duda, tiene conexión con la indebida aplicación de los artículos 255 y 318 del Código Procesal Penal. Respecto al primero, por la no variación de los supuestos que motivaron la imposición de la incautación en forma de administración. Y, en torno al segundo, por no haber evaluado racionalmente la imposición de caución o garantía real, en lugar de otras condiciones. En virtud de la voluntad impugnativa y del principio pro actione, este Tribunal Supremo estima que la impugnación planteada debe analizarse por la vía de los numerales 2 y 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal. Luego, de acuerdo con el principio de legalidad procesal, los tópicos detallados para desarrollo de doctrina jurisp

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001361-2019, resolución del 7 de mayo de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=55fbc8b6-e490-4798-868f-e9dafb703654.

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