EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000475-2013
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 17 de junio de 2015
- Expediente
- 000475-2013
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Conforme al numeral 5 .del artículo 420º del Código Procesal Penal, la concurrencia de las partes a la audiencia de apelación de autos es optativa, es decir, no es obligatoria. En ese sentido, la abstención de emitir pronunciamiento del Fiscal Superior, quien acude a la audiencia de apelación de auto, por un recurso interpuesto por la Procuraduría Pública, no afecta el derecho a la debida motivación de resoluciones judiciales, más aún si el Ministerio Público se rige bajo los principios de jerarquía y de unidad de actuación, pues fue el Fiscal Provincial quien solicitó el sobreseimiento de la causa.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000475-2013, resolución del 17 de junio de 2015. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=55ea0f05-9c4f-497f-b6c8-59493cb1def9.