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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 002194-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
29 de marzo de 2023
Expediente
002194-2022
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El CPP garantiza el ejercicio de los derechos de información y de participación procesal a la persona agraviada o perjudicada por el delito (ex artículo IX, apartado 3). En esta perspectiva, el artículo 98 del CPP reconoce la institución del actor civil de quien resulte perjudicado por el delito y, como tal, legitimado para reclamar la reparación y, en su caso, los daños y perjuicios producidos por el delito. Este último precepto, en concordancia con los artículos 95 y 104 del citado Código, está facultado para impugnar los autos sobreseimiento y las sentencias absolutorias y demás postulaciones en salvaguarda de su derecho. Tiene como límite, sin perjuicio de colaborar con el esclarecimiento del hecho punible y la intervención de su autor o partícipe, acreditar la reparación civil que pretende, sin estarle permitido pedir sanción (ex artículo 105 del CPP). Por lo demás, el ejercicio de la acción civil derivada del hecho punible corresponde especialmente al perjudicado por el delito

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002194-2022, resolución del 29 de marzo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=5484d529-61c8-4dd9-80f9-e5952127b2ff.

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