EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002194-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 29 de marzo de 2023
- Expediente
- 002194-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. El CPP garantiza el ejercicio de los derechos de información y de participación procesal a la persona agraviada o perjudicada por el delito (ex artículo IX, apartado 3). En esta perspectiva, el artículo 98 del CPP reconoce la institución del actor civil de quien resulte perjudicado por el delito y, como tal, legitimado para reclamar la reparación y, en su caso, los daños y perjuicios producidos por el delito. Este último precepto, en concordancia con los artículos 95 y 104 del citado Código, está facultado para impugnar los autos sobreseimiento y las sentencias absolutorias y demás postulaciones en salvaguarda de su derecho. Tiene como límite, sin perjuicio de colaborar con el esclarecimiento del hecho punible y la intervención de su autor o partícipe, acreditar la reparación civil que pretende, sin estarle permitido pedir sanción (ex artículo 105 del CPP). Por lo demás, el ejercicio de la acción civil derivada del hecho punible corresponde especialmente al perjudicado por el delito
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002194-2022, resolución del 29 de marzo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=5484d529-61c8-4dd9-80f9-e5952127b2ff.