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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001326-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
21 de noviembre de 2019
Expediente
001326-2018
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. En relación a las declaraciones contradictorias de los testigos, una vez identificada la contradicción de testimonios -producidos en las etapas de investigación y de enjuiciamiento- y efectuado el interrogatorio esclarecedor en el acto oral, el órgano jurisdiccional decisor, motivadamente, tiene la potestad de asumir una u otra versión, la que a su vez debe correlacionar con los demás medios de prueba y, en función a ellos, determinar lo que corresponda. 2. La diligencia de reconocimiento personal no solo debe realizarse mediante el sistema de rueda de personas, sino que además en ella debe estar presente el defensor de los imputados y, en su defecto, el Juez de la Investigación Preparatoria (artículo 189, apartado 3, del Código Procesal Penal). El hecho de que las personas puestas en rueda para el reconocimiento sean policías, en nada afecta el acto, en tanto se cumplan con la exigencia de que se trata de personas de aspecto exterior semejante a los imputados, lo que

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001326-2018, resolución del 21 de noviembre de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=54671578-50ec-4ee7-8f62-36698ed943a6.

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