EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000155-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 24 de setiembre de 2025
- Expediente
- 000155-2025
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Está acreditado que el mineral aurífero inmovilizado el 29 de noviembre de 2013 no provino de la concesión minera Mi Buena Suerte, pero los procesados tampoco han logrado acreditar queprovenga de algún origen lícito. Al respecto destaca que, el titular de la concesión, Félix Espino Torres; así como, los cesionarios de dicha concesiónminera, han referido no conocer a los procesados, tampoco haber mantenido alguna relación contractualcon la empresa C. G. Koening S. A.Aunado a ello, las maquinarias que se encontraron estaban oxidadas y en desuso, eran obsoletas; además, se hallaron relaves sólidos o antiguos. Y las personas que se encontraban en el lugar no evidenciaron ningún tipo de relación con los procesados ni con la empresa C. G. Koening S. A.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000155-2025, resolución del 24 de setiembre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=537ddd4b-ee72-4679-ab95-a46dc64042f3.