EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003720-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 23 de diciembre de 2025
- Expediente
- 003720-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. Uno de los elementos que integra el principio acusatorio, desde la perspectiva o carácter objetivo (congruencia fáctica), es que se respete el objeto procesal, esto es, que no se alteren sustancialmente los hechos acusados; que entre el hecho punible acusado y el hechopunible condenado no existan diferencias esenciales. 2. Según consta de la declaración preparatoria de la declaración sumarial de Judith Marcela Montejo Ortiz, realizada en las instalaciones de la DININCRI, asistió no solo la fiscal adjunta provincial (presencialmente)sino también el defensor público del imputado, doctor Atencio Alania –este último de manera remota–, por lo que su oralización cumple las exigencias del artículo 383, apartado 1, letra ‘d’, del CPP. No consta cuestionamiento sólido al respecto.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003720-2023, resolución del 23 de diciembre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=5073661b-41b4-4da3-93a9-37786fe448bf.