EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000095-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 28 de noviembre de 2023
- Expediente
- 000095-2023
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La declaración testimonial espontánea y el derecho de contradicción en la fase de investigación. Apelación infundada.En fase de investigación preparatoria rige de manera general el principio de emplazamiento de los sujetos procesales y la posibilidad de contradicción. El mandato del principio se satisface con la sola notificación de los sujetos procesales. Sin embargo, conforme al artículo 338.1 del código adjetivo penal, existen circunstancias excepcionales que habilitan al Ministerio Público prescindir de la comunicación y participación de los sujetos procesales en las diligencias de investigación. Lo que debe ser concordado cuando existe un testimonio espontáneo, que resulta imperativo recibir dejando constancia de ello, y con la ulterior comunicación de la declaración a los investigados, como lo permite el artículo 164, numeral 2 del Código Procesal Penal.En el caso, la fiscalía recibió unilateralmente -sin comunicar a los demás sujetos procesales- la declaración del Testigo en
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000095-2023, resolución del 28 de noviembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=4fa2d492-fabd-45e8-aabf-6c3f84954427.