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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000095-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
28 de noviembre de 2023
Expediente
000095-2023
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La declaración testimonial espontánea y el derecho de contradicción en la fase de investigación. Apelación infundada.En fase de investigación preparatoria rige de manera general el principio de emplazamiento de los sujetos procesales y la posibilidad de contradicción. El mandato del principio se satisface con la sola notificación de los sujetos procesales. Sin embargo, conforme al artículo 338.1 del código adjetivo penal, existen circunstancias excepcionales que habilitan al Ministerio Público prescindir de la comunicación y participación de los sujetos procesales en las diligencias de investigación. Lo que debe ser concordado cuando existe un testimonio espontáneo, que resulta imperativo recibir dejando constancia de ello, y con la ulterior comunicación de la declaración a los investigados, como lo permite el artículo 164, numeral 2 del Código Procesal Penal.En el caso, la fiscalía recibió unilateralmente -sin comunicar a los demás sujetos procesales- la declaración del Testigo en

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000095-2023, resolución del 28 de noviembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=4fa2d492-fabd-45e8-aabf-6c3f84954427.

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