EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002612-2013
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 20 de abril de 2015
- Expediente
- 002612-2013
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Para el computo de los plazos de prescripción de acción penal, en los procesos sumarios, no se consideran el lapso entre la interposición del recurso de queja excepcional, interpuesto y remitida la resolución el mismo, conforme se ha establecido en el Acuerdo Plenario N° -2007/CJ-116-; luego de los cual se reanudo la continuación del plazo prescriptorio; fecha desde la cual a la presente resolución, ha transcurrido en exceso el plazo de prescripción, lo que determina que el ejercicio de la potestad punitiva del Estado ha vencido; por lo que la acción penal por el delito incoado ha prescrito; por ende, carece de objeto emitir pronunciamiento del recurso de nulidad interpuesto por el representante del Ministerio Público; por sustracción de la materia.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 002612-2013, resolución del 20 de abril de 2015. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=4ee4f545-4d98-42c4-a868-dcbdfd1112bd.