EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001085-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 14 de noviembre de 2023
- Expediente
- 001085-2023
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. Según el Acuerdo Plenario 9-2007/CJ-116 del 16 de noviembre de 2007, el plazo ordinario de prescripción en los delitos sancionados con pena privativa de libertad temporal siempre será de veinte años. En estos supuestos, el plazo extraordinario de prescripción de la acción penal será de treinta años.2. La contumacia se encuentra regulada en la Ley 26641 y opera desde que existen evidencias irrefutables de que el acusado rehúye del proceso y hasta que el mismo se ponga a derecho. 3. En el presente caso, se ha verificado que desde la comisión del hecho delictivo se habría vencido el plazo extraordinario de prescripción (30 años). Sin embargo, estando al efecto suspensivo del estado procesal de la contumacia en que se encuentra la acusada, esta Suprema Sala Penal estima que la prescripción de la acción penal no ha operado y la acción penal incoada permanece expedita.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001085-2023, resolución del 14 de noviembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=4e4a9c2d-77d7-424b-96a9-4d4492fc7f69.