EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001532-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 27 de mayo de 2022
- Expediente
- 001532-2021
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
El concurso real retrospectivo es una institución del derecho penal material; y, como tal, rige el principio de tempus comissi delicti: la norma aplicable es la de la fecha de comisión del delito -la consecuencia jurídica es el efecto punitivo resultante de afirmar la existencia de tal concurso delictivo-. El procedimiento para hacer viable las consecuencias jurídicas del concurso real retrospectivo es, sin duda, de carácter procesal; por ende, rige el principio de tempus regit actum, al cual se entiende como la fecha de la actuación procesal. No debe confundirse, por tanto, lo que implica en materia punitiva el concurso real retrospectivo, inclusive con el trámite que debe regular la decisión judicial para hacerla valer, según las circunstancias en que se invoque. Las reglas procesales, en todo caso, no resuelven los problemas propios del concurso real (Recurso de Nulidad N.° 1523-2016/Ayacucho, fundamento cuarto).
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001532-2021, resolución del 27 de mayo de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=4aa1985a-041b-41dc-99b9-0d0e68b0424d.