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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 002989-2015

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
7 de junio de 2016
Expediente
002989-2015
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

En el presente caso la culpabilidad del procesado ha quedado acreditada a través de la prueba por indicios.La prueba por indicios no es inferior a la prueba directa. Esta tiene virtualidad de enervar la presunción de inocencia siempre y cuando la deducción del hecho inferido sea inequívoca, el factor de atribución entre el indicio y hecho a probar debe ser conforme a las reglas de la lógica y la experiencia, y la presencia de indicio contingentes sean plurales, concordantes y convergentes, y la ausencia de contraindicios consistentes.Así, la relevancia del lado objetivo de la motivación ha decontener: i) los medios de prueba con los cuales a de quedar, -suficientemente más allá de toda duda razonable-, probado loshechos constitutivos del delito, y en clave de auto-referencialidad,ii) los criterios normativos del juicio de imputación quefundamenten la intervención delictiva de la persona en el hechopunible, así como del juicio de culpabilidad.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 002989-2015, resolución del 7 de junio de 2016. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=49983e86-af75-4edd-bfb6-5a745581ff13.

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