EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000143-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 6 de junio de 2023
- Expediente
- 000143-2022
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Las conductas que sanciona el Código Penal con el delito de cohecho pasivo son cuatro: aceptar, recibir, solicitar y condicionar. El acto de aceptar implica tolerar, admitir, consentir el beneficio (promesa, favor, objeto material) otorgado por el tercero. El acto de solicitar importa el pedir, gestionar, requerir, de forma directa o indirecta, algo a cambio. Finalmente, condicionar significa que el servidor público le garantiza al tercero que si le entrega un donativo actuará en su beneficio; de lo contrario, en su perjuicio. Cuando el Código Penal menciona que existe un beneficio indebido, este no necesariamente tiene que ser económico, ya que también puede tratarse de un favor sexual, sentimental, político, académico, entre otros. La idea principal es que este beneficio indebido motive la actuación del funcionario público para violar o cumplir con sus obligaciones.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000143-2022, resolución del 6 de junio de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=490edd12-221a-4757-8ecd-bbdeb8ac3456.