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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000322-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
3 de junio de 2025
Expediente
000322-2024
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La razón por la que el recurrente plantea la nulidad absoluta no está comprendida dentro de los supuestos establecidos en el artículo 150 del Código Procesal Penal. El medio de prueba que aduce que no fue oralizado en el control de acusación fue finalmente admitido, lo que implica que será sometido al contradictorio en el plenario. Esto es, dicho medio de prueba no se encuentra vedado. Por ende, no se le ha restringido, en modo alguno, su derecho a probar y, además, el ejercicio a su derecho de defensa. De ahí que, al no existir gravamen alguno, la nulidad es manifiestamente improcedente.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000322-2024, resolución del 3 de junio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=4715c5a8-37f8-4cc2-8713-6cb09d0ccad8.

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