EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000241-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 19 de mayo de 2021
- Expediente
- 000241-2019
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. En la acusación escrita no se mencionó que los hechos típicos se acreditarían con prueba por indicios, pero por el detalle de los medios de investigación valorados y el conjunto de medios de prueba ofrecidos es obvio que lo que se postulaba se acreditaría mediante la prueba por indicios. No hay otra opción. La defensa técnica no puede alegar confusión o desconocimiento de cómo sería el curso y desenlace del procedimiento principal o juicio oral. 2. No puede confundirse “imputación necesaria” con el principio de contradicción y la garantía específica de igualdad de armas, así como tampoco puede plantearse una diferencia absoluta entre prueba directa y prueba indirecta o por indicios; de igual manera, no es de rigor mezclar dos conceptos distintos: medio de prueba y método de valoración de la prueba. 3. La prueba por indicios forma parte del juicio de hecho, pero no como un medio de prueba que es valorado, sino como una operación intelectual basada en el resultado de la prueba practicada (y, por tanto, ya valorada). Consecuentemente, no hay proposición, ni práctica de la “prueba” de indicios –o presunciones–. Hay una construcción y utilización de razonamiento indiciario –presuncional– siempre que concurran las condiciones legales para ello.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000241-2019, resolución del 19 de mayo de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=46a398e2-7e2f-40d4-92ba-0967c8e03102.