EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000015-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 25 de febrero de 2025
- Expediente
- 000015-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
I. En el caso concreto, los plazos se computan sin solución de continuidad, como se insiste; a lo que se añade que el veintidós de octubre de dos mil veintitrés fue una fecha precisada en la resolución judicial de prórroga que no impugnó el fiscal, lo que demuestra su asentimiento con tal decisión. Sin embargo, ahora tiene la conciencia de un cómputo diferente, lo que hubiera ameritado la impugnación y, en su oportunidad, habría recibido una respuesta adecuada pero no la impugnó; por lo tanto, el plazo de investigación no tiene interrupción, ni suspensión, primero, porque para que la tenga debe existir un mandato expreso de la ley, que en este caso no existe; y, segundo, como ya se expuso, porque la investigación no puede paralizarse mientras se esté realizando tramitaciones formales, sino que debe continuar.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000015-2024, resolución del 25 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=45e85a41-dffa-4d79-872c-d1b406fe5b4d.