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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 004199-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
15 de julio de 2025
Expediente
004199-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El artículo 384, segundo párrafo, del CP estipula que el funcionario o servidor público que interviene, directa o indirectamente, por razón de su cargo, en las contrataciones del Estado mediante la concertación con los interesados, defraudare patrimonialmente al Estado. Esta figura penal es de lesión o de resultado dañoso y exige (i) tanto una idónea concertación con el interesado -que lo define como un delito de encuentro, de participación necesaria con el extraneus, contraparte del agente público- (que, como tal, es un acto previo de preparación que se castiga anticipadamente por medio de la figura de colusión simple, de peligro abstracto), (ii) como, a consecuencia de lo ejecutado, un efectivo perjuicio patrimonial a los intereses estatales en mérito al fraude por concertación llevado a cabo (defraudación efectiva del patrimonio estatal, que es el resultado típico), que da lugar a la figura de colusión agravada.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 004199-2024, resolución del 15 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=43800e4f-f58b-4c9b-ad71-89d2c3c760ed.

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